Políticas Públicas

Y las Relaciones Laborales en Uruguay

El Uruguay ha sido pionero en materia de legislación laboral y social, especialmente, en la primera mitad del siglo XX. Cabe destacar lo que expresara el Director General de la OIT, Guy Rider, en ocasión de la visita que el Presidente de la República, Dr. Tabaré Vázquez, realizara a la organización a principios de junio del corriente. Expresaba Guy Rider

"Uruguay es un país miembro fundador de la OIT que ha aportado valores y principios a esta Organización desde su adhesión en 1919, ratificando el mayor número de convenios internacionales del trabajo en las Américas (109) y el quinto entre los 187 Estados miembros de la Organización".[1]

A partir de la llegada de la izquierda al poder en 2005, con la convocatoria a los Consejos de Salarios se dio un nuevo impulso a las relaciones laborales, ya que en la década del '90 no habían sido llamados a actuar. En varias ocasiones, dichos consejos tuvieron como resultado la conquista de reivindicaciones importantes para la clase trabajadora. Se destaca que la enorme mayoría de las audiencias de mediación y conciliación terminan en acuerdo de partes, gracias al rol que cumple el MTSS en el órgano tripartito.

Entre los logros destacamos cláusulas no salariales referentes a igualdad de oportunidades, en donde se resalta la inclusión de género y capacidades diferentes, normas para el sector rural[2] y el del trabajo doméstico[3], entre otras. Cabe mencionar que hay muchos sectores que cuentan con cláusulas de capacitación y formación profesional[4], lo que abre el camino a que otras ramas del trabajo también incorporen normas de similar tenor. Al decir de Raso, "la legislación laboral se encuentra hoy día en la cresta de la ola"y con ello, la reafirmación del Estado paternalista.

Ante esta realidad ascendente en materia de trabajo subordinado ¿qué medidas podrían ser adecuadas para facilitar políticas públicas que mejoren las relaciones laborales en nuestro país? En nuestra opinión, en un horizonte de propuestas factibles podríamos sugerir medidas que atañen al Estado, a los empresarios y a los sindicatos. El nuestro es un sistema de relaciones laborales con fuerte impronta estatal. Por ende, la deseable complementariedad institucional no siempre es posible. Usualmente, el conflicto de intereses entre empresarios y trabajadores, terminan de resolverse con la participación del Estado, lo cual puede garantizar justicia o equidad pero no necesariamente complementariedad. Parece lógico que capital y trabajo se complementen; en otras palabras, que el éxito del empresario garantice las fuentes de trabajo y de esa forma la estabilidad del trabajador.

Sin embargo, visiones divergentes sobre la organización del trabajo, el reparto de las utilidades y la distribución de la riqueza no han sido fácilmente conciliables. El Estado termina muchas veces torciendo el fiel de la balanza lo que ha generado el descontento de alguna de las partes -normalmente la empresarial en los últimos tiempos[5]. En el caso de las cooperativas de trabajadores, el Estado ha promovido su creación a partir de empresas en quiebra.[6] Una posible alternativa para aproximarnos a un sistema de relaciones laborales que promueva la complementariedad podría consistir en ampliar la gama de opciones que dan origen a emprendimientos productivos de autogestión. En tal sentido se propone el siguiente lineamiento estratégico:

Incentivar la creación de cooperativas de trabajadores, ampliando el alcance del FONDES[7], para que el mismo financie la formación de cooperativas en cualquiera de sus formas de surgimiento[8].

Según Burdin y Dean, la evidencia demuestra que las cooperativas tienen probabilidades de supervivencia similares que una empresa privada siendo su principal obstáculo la financiación inicial para su creación[9]. El movimiento cooperativo compromete al trabajador, retiene su experiencia laboral y contribuye a consolidar el capital social del grupo humano -lo que involucra el entorno- y su comunidad[10].

Referente a los empresarios, hoy día la capacidad de absorción de masa laboral ha llegado al límite. El argumento para ello ha sido principalmente el elevado costo energético, el cual incrementa los costos de producción a tal punto que no pueden incorporar mano de obra adicional. En este sentido, en ocasión de presentar su informe sobre el índice de confianza del consumidor, la Economista Laura Raffo aseveró que las empresas están reticentes a contratar nuevos empleados, hasta tanto la situación económica del país no de signos de recuperación estable.[11] Agregó que según la encuesta de expectativas empresariales de Deloitte, menos de la cuarta parte de las empresas se manifestaron en condiciones de poder contratar personal. Esta apreciación va de la mano con la opinión del Economista Ernesto Talvi, quien sugirió que en caso de crecer la economía del país, debería operar una baja en los costos energéticos -electricidad y gas oil- ya que son los que más afectan al sector productivo.[12] En tal sentido, el Economista Alfonso Capurro de la consultora CPA Ferrere expresó que el gas oil costó en promedio 33% más caro de lo que hubiese costado importarlo.[13] En la misma línea, el Presidente de la Cooperativa de Trabajadores Cerámicos Empalme Olmos, al evaluar los costos de producción del emprendimiento, reconocía el peso que tenía el costo energético en el proceso productivo, ya que representaba el 42% del mismo. Al punto tal, que depositaba emotivas expectativas en la puesta en marcha de la planta regasificadora.[14] Por ende, se propone el siguiente lineamiento estratégico:

Aumentar la exoneración impositiva, así como ampliar la misma a mayores servicios públicos -electricidad, agua, gas, etc.- a fin de permitir que las empresas reduzcan sus costos, puedan mantener un desarrollo sostenible y estén en condiciones de contratar mano de obra adicional.

Otra medida concierne a los derechos salariales del trabajador cuando éste se queda sin empleo y recurre al MTSS para negociar el pago de sus adeudos. La relación de poder desventajosa en la que se encuentra al momento de la audiencia lo lleva muchas veces a aceptar propuestas indecentes por parte del empleador. En tal sentido se propone el siguiente lineamiento estratégico:

Asignar al trabajador por intermedio del Banco de Seguros del Estado un seguro por negociación ante el MTSS equivalente a los rubros salariales que por ley le corresponden cobrar al trabajador. a fin de darle seguridad a la hora de negociar con el empleador el pago de los adeudos.

En otro orden, los cambios vertiginosos en materia de ciencia y tecnología vienen requiriendo trabajadores más especializados y capacitados para las nuevas tareas que tales cambios demandan[15]. Si bien hay ramas laborales que cuentan con cláusulas de formación profesional, existen otras tradicionalmente sumergidos a las que no se las ha contemplado, como es el caso de los trabajadores rurales y los del servicio doméstico. A ello se le suma la mayor cantidad de tareas que últimamente se les ha venido demandando a estos servidores. En este último caso, cabe destacar lo que la ley del ramo estipula en su artículo primero

"(Concepto).- Trabajo doméstico es el que presta, en relación de dependencia, una persona a otra u otras, o a una o más familias, con el objeto de consagrarles su cuidado y su trabajo en el hogar, en tareas vinculadas a éste, sin que dichas tareas puedan representar para el empleador una ganancia económica directa".[16]

En virtud de ello, este sector definido por la ley es más amplio de lo que comúnmente se entiende como trabajo doméstico, ya que por ejemplo, incluye a cuidadores de niños y cuidadores de enfermos. En base a lo anterior, debemos considerar como empleados domésticos a las siguientes ocupaciones: mucama o limpiadora en hogares, cocinera doméstica, empleada doméstica, cuidadores de niños y cuidadores de enfermos.[17]

A los efectos se propone el siguiente lineamiento estratégico:

Incluir cláusulas de formación profesional en los convenios colectivos de forma obligatoria, especialmente en los sectores tradicionalmente sumergidos, como por ejemplo, es el caso de los trabajadores rurales y del servicio doméstico.

A nivel sindical, hoy día existen situaciones en las cuales se cuestiona la legitimidad representativa de un sector previo a una instancia de negociación colectiva. Es una muestra más de la actual crisis de representatividad sindical -sumada a otros factores-, lo que genera la necesidad de crear un órgano con competencia para dirimir en estos casos de representatividad. A la fecha este contencioso lo termina decidiendo el Consejo Superior Tripartito de manera residual, ya que se entiende que es el órgano más indicado.[18] A la luz de esta realidad se propone el siguiente lineamiento estratégico:

Crear un organismo específico para resolver en casos de cuestionamiento a la legitimidad de la representatividad de las partes previo a las audiencias de negociación colectiva.

Asimismo, tendrá que haber un cambio de mentalidad en la dirigencia sindical, en cuanto a ser más abiertos a la modernización, lo que trae aparejado la capacitación y la formación profesional. Los actuales procesos productivos requieren de innovación. Para ello el movimiento sindical tendrá que abandonar prejuicios aun sólidos que demuestran en torno a los cambios educativos, a todo lo que viene del extranjero, sin con ello pensar que están arriando las banderas más representativas de su espíritu tradicionalmente combativo. La conciencia de clase pasaría en este caso por aceptar los desafíos educativos y de capacitación que la hora requiere a la luz de la globalización y la apertura comercial.

Como conclusión puede expresarse que los modelos de relaciones laborales no podrán ser independientes del resto de las instituciones. Habrá que profundizar los diseños de políticas públicas más alineadas con el modelo de complementariedad institucional.


[1] Organización Internacional del Trabajo. "Presidente de Uruguay en Conferencia de la OIT: El diálogo social y la negociación colectiva son esenciales. Disponible en https://www.ilo.org/ilc/ILCSessions/105/media-centre/news/WCMS_556467/lang--es/index.htm Consultado el 17/6/17.

[2] Ley 18441 Jornada Laboral y Régimen de Descansos en el Sector Rural; 24 de diciembre de 2008.

[3] Ley 18065 Trabajo Doméstico: Normas para su Regulación; 27 de noviembre de 2006.

[4] Grupo 1 Procesamiento y Conservación de Alimentos, Bebidas y Tabaco; Sub Grupo 9 Bebidas sin Alcohol, Aguas, Cervezas y Cebada Malteada; 6ta Ronda 2017, Cláusula 7a.

[5] Valga como ejemplo el aumento en las tarifas públicas, especialmente en el sector energético, aunque recientemente se ha producido una leve rebaja luego de insistentes reclamos por parte de las cámaras empresariales.

[6] HALL, P. y SOSKICE, D. Variedades del Capitalismo: algunos aspectos fundamentales. En Desarrollo Económico, Volumen 45, Número 180. (enero-marzo 2006), p. 577.

[7] Decreto N° 341/011 Creación del Fondo para el Desarrollo (FONDES) con el fin de Apoyar el Financiamiento de Proyectos Productivos Viables y Sustentables a Juicio del Poder Ejecutivo; 27 de setiembre de 2011.

[8] MARTÍ, J., et al. Cooperativas de Trabajo en el Cono Sur. matrices de surgimiento y modelos de gestión, Universidad de la República. Montevideo, Setiembre 2005, p. 35.

[9] BURDIN, G. y DEAN, A. Los Objetivos de una Empresa Gestionada por sus Trabajadores: un análisis sobre el caso uruguayo. Instituto de Economía, Serie Documentos de Trabajo. Montevideo, Diciembre 2008, p. 18.

[10] FRIEDBERG, E. (1987) Análisis Sociológico de las Organizaciones, Volumen 66, Montevideo, Centro Latinoamericano de Economía Humana 1987, pp. 37-45.

[11] Cae Índice de Confianza del Consumidor. Página Web de Telemundo, Columna Económica. Disponible en https://www.teledoce.com/telemundo/economia/cae-el-indice-de-confianza-del-consumidor/ Consultado el 24/06/17.

[12] Entrevista Ernesto Talvi. Página Web de Teledía, Primera Hora. Disponible en https://www.montecarlotv.com.uy/programas/teled%C3%ADa-primera-hora/videos/entrevista-ernesto-talvi Consultado el 25/06/17. El Economista Talvi fue más lejos aun, argumentando que el gobierno había llevado un aumento de tarifas "feroz". De hecho, el Presidente Tabaré Vázquez, en ocasión del Consejo de Ministros en Cardal, anunció una leve rebaja del costo de la electricidad para los tamberos. A su vez, ya se anunció una rebaja en el precio del gas oil de un 8%.

[13] Estudio de CPA Ferrere asegura que en 2016 el gas oil costó 33% más que si hubiera sido importado. Página Web de Telemundo, Columna Económica. Disponible en https://www.teledoce.com/telemundo/nacionales/estudio-de-cpa-ferrere-asegura-que-en-2016-el-gasoil-costo-33-mas-que-si-hubiera-sido-importado/ Consultado el 25/06/17.

[14] PUSINO, S. No queremos ser mantenidos. Diario El País, 11 de abril de 2014. Disponible en https://www.elpais.com.uy/el-empresario/no-queremos-mantenidos.html El entrevistado se refería al proyecto de planta regasificadora de Puntas de Sayago. Como se sabe, dicho proyecto no se concretó y al presente ha sido descartado por el actual Poder Ejecutivo. Consultado el 25/06/17.

[15] Iniciativa del Centenario relativa al Futuro del Trabajo. "Memoria del Director General de la OIT", p. 14. Conferencia Internacional del Trabajo, 104° Reunión, 2015.

[16] Ley 18065, Trabajo Doméstico: Normas para su Regulación, 27 de noviembre de 2006.

[17] Los trabajadores domésticos propiamente dichos constituyen alrededor del 76%, los cuidadores de enfermos un 9% y los cuidadores de niños el 15%, UNIDAD DE EVALUACIÓN Y MONITOREO DE RELACIONES LABORALES Y EMPLEO (OBSERVATORIO DE MERCADO DE TRABAJO) MTSS, Agosto 2013, p 10, Accesible en https://www.mtss.gub.uy/documents/11515/034a0653-5549-468a-9bc5-81ca99fbbdc1

[18] RUIZ LÓPEZ, X. El Órgano más Competente para la Determinación de la Organización más Representativa en la Negociación Bipartita. En Revista de Derecho Laboral, Número 266 (enero-marzo 2017).