Perspectiva de las RRLL en Audiencias de Conciliación Individual en el MTSS

Experiencia personal desde la perspectiva de las Relaciones Laborales de la asistencia a Audiencias de Conciliación Individual en el MTSS


INTRODUCCIÓN

Como parte del programa de la asignatura Técnica Laboral III de la carrera de Relaciones Laborales, el pasado 2 de junio en horas de la mañana un grupo de alumnos visitamos el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Esta actividad fue el resultado de febriles gestiones a varios niveles llevadas a cabo por la docente encargada del grupo, Dra. Sandra Goldfus.

El objetivo -y nuestro anhelo- era tomar contacto de primera mano con instancias de negociación por conflictos laborales, a la vez de conocer la estructura del MTSS destinadas a tales fines.

En efecto, a nuestro arribo fuimos recibidos por un funcionario designado, quien ofició de guía durante nuestro recorrido por las instalaciones del ministerio y demostró su disposición a disipar dudas. Asimismo, fue quien nos impartió las normas de comportamiento -principalmente prohibitivas- durante la visita.

De ellas destacamos

  • prohibición de hablar o intervenir durante el desarrollo de las instancias de negociación a las cuales asistiríamos
  • prohibición de revelar nombres de personas o empresas involucradas en dichas negociaciones

2. EL PROCEDIMIENTO

Previo a nuestro ingreso a las instancias de negociación debimos firmar un compromiso de confidencialidad, mediante el cual nos comprometíamos a cumplir con la regla prohibitiva de no revelar nombres ni detalles de la audiencia que estábamos por presenciar.

Posteriormente, el funcionario del ministerio designado como representante para tales instancias daba lectura a las denominadas fichas, por las cuales tomábamos conocimiento de los rubros reclamados por parte del trabajador y la postura de la parte empleadora.

Entre los rubros figuraban la liquidación de los haberes, despido, horas extras, licencia, aguinaldo, nocturnidad, etc.; en definitiva, los argumentos de las partes a defender y a negociar entre ellas en la instancia prevista. Para ello, cada parte era asistida por un abogado.

En términos generales, el procedimiento implica que iniciada la audiencia, se escucha a las partes. Luego se genera la discusión y se negocia a través de propuestas, contrapropuestas, cediendo, concediendo o adoptando una posición firme, dependiendo de cada caso. Dichas propuestas pueden ser aceptadas o no.

Por los rubros en los cuales se llegue a un acuerdo, se labra un acta con carácter definitivo e inapelable, entregándose un ejemplar a cada parte. En base a esto, la parte demandada le requiere a la parte demandante la firma de los recibos de sueldo, a fin cumplir con la normativa correspondiente y poder presentarlos en caso de darse una visita de la Inspección General de Trabajo. Si el acuerdo implica un monto a desembolsar, se efectúa el pago en ese momento. Si por el contrario la propuesta no es aceptada, automáticamente se da inicio a la vía judicial correspondiente.

Una vez finalizadas las audiencias, el funcionario a cargo nos explicaba lo ocurrido en dichas instancias y nos daba su visión sobre el desarrollo y el resultado de las mismas. Incluso nos hacía preguntas y se interesaba en nuestras dudas, lo cual nos brindaba la posibilidad de aclarar y profundizar nuestros conocimientos teóricos.

Como dato anecdótico, pudimos apreciar cómo los abogados salían de la audiencia momentáneamente con sus clientes, para asesorarlos de forma privada sobre cómo abordar de la manera más conveniente los planteos de la contraparte. En ciertas ocasiones, esta opción era utilizada como estrategia para distender un ambiente tenso o a manera de cuarto intermedio.

Cabe destacar que el profesional del MTSS presente en la audiencia tiene la facultad de suspender transitoriamente la instancia si las partes no se expresan con el vocabulario o tono de voz adecuados.Merece mencionarse que la inmensa mayoría de las audiencias terminan en acuerdos.

Tuvimos la oportunidad de presenciar en forma directa varias instancias, de distinta duración. Nos vamos a referir brevemente solamente a tres, dado las diferencias notables que las mismas presentaron.

3. CASOS PRESENCIADOS

Entre los casos a mencionar se dieron algunos a los cuales se arribó a un acuerdo de forma muy rápida, así como hubo otras situaciones que depararon una extensa discusión.

3.1 Empleada jornalera de una Fábrica

La audiencia comprendía el reclamo de un despido indirecto, horas extras impagas, licencia y aguinaldo. La parte empleadora ofreció mantener la fuente laboral y abonar los rubros antedichos excepto el despido. Luego de conversar con su abogado, la empleada realizó una contrapropuesta. La misma consistía en aceptar lo ofrecido por la parte empleadora, pero cambiar de ahí en adelante su contrato laboral. Es decir, dejar de ser jornalera y pasar a ser trabajadora mensual, la cual es aceptada.

Puede apreciarse que esta audiencia de conciliación y mediación dio sus frutos, resaltando por ende, la importancia de la negociación en consulta con las partes interesadas y contemplando los intereses de cada parte.

3.2 Empleada Doméstica

Una empleada doméstica joven y embarazada reclamaba un despido especial ya que el mismo se había producido en período de gravidez. A su vez también reclamaba los rubros por salarios adeudados, aguinaldo, licencia, salario vacacional y horas extras.

El monto total de lo adeudado ascendía a unos 130.000 pesos. La parte empleadora ofreció abonar en el acto y en efectivo 43.000 pesos en un solo pago. La joven desempleada se muestra proclive a aceptar. Ante esta situación, su abogado la invitó a salir de la sala para poder asesorarla en privado. Dicho profesional le aclaró que ese monto era sumamente inferior al que le correspondería por el sólo hecho de dar continuidad por vía judicial a su caso. Tras varios intentos de hacerla entender que por derecho propio debía cobrar la totalidad de lo adeudado, la joven se mantuvo en su posición de aceptar la propuesta. Si bien entendió la explicación de su abogado, le manifestó que su realidad actual no le permitía dilatar el cobro de ese dinero.

Se puso en evidencia la cruel y triste realidad a la que se ven sometidos determinados grupos sociales; como es el caso de jóvenes, mujeres y embarazadas. También quedó en claro, la importancia que el trabajo tiene en la vida de un ser humano.

A tal extremo, que esta joven mujer embarazada se vio obligada por su situación socio-económica a aceptar una propuesta totalmente injusta, que a todas luces era inaceptable. Ante el inminente nacimiento de su hijo y ya sin trabajo, esta persona no tuvo otra opción que hacerse de un dinero rápido y en efectivo -hábil y sutil estrategia del empleador-.

Probablemente, otra hubiera sido su elección de no haberse encontrado desocupada y transitando un embarazo.

3.3 Empresa de Seguridad

Un trabajador de una Empresa de Servicios de Seguridad -esta empresa concurre asiduamente al MTSS- reclamaba los rubros de salario, aguinaldo, licencia y salario vacacional. Todo ello ascendía a unos 6800 pesos.

La abogada representante de la empresa ofreció como propuesta para llegar a un acuerdo la suma de 400 pesos. La ridiculez de la oferta habla por sí sola. El trabajador la rechazó dando lugar al inicio de un juicio laboral.

En este caso se aprecia que toda relación de trabajo tiene una parte fuerte -la empleadora- y otra débil -el empleado.

4. CONCLUSIONES

La oportunidad que se nos dio de aclarar dudas fue muy importante. Contrastar la teoría con el desarrollo de casos concretos fue la mejor manera de afianzar algunos conocimientos así como para erradicar ciertos prejuicios fortaleciendo nuestra confianza para ingresar al mundo profesional.

El hecho que la mayoría de las audiencias terminen en acuerdos, es una muestra clara de la importancia del rol que cumple el MTSS en este tipo de conflictos.

Quedó de manifiesto que normalmente, el empleado se encuentra en condiciones desventajosas frente al empleador. Es decir, su situación es de vulnerabilidad. La realidad económica, la falta de formación y capacitación, hace difícil el acceso al trabajo. Una vez que se pierde la fuente laboral, las necesidades básicas y fundamentales del ser humano, lleva a negociaciones injustas, aunque necesarias para la parte más débil de la relación. Se da el caso que el trabajador renuncia a sus derechos y acepta la propuesta del empleador, aun siendo ésta inferior a lo que le hubiese correspondido.

Las partes -mayoritariamente las empresas- demuestran habilidad para utilizar el marco legal en su beneficio. En ocasiones, ofrecen lo que quieren -como ser montos ridículos- para dilatar el problema hasta otra audiencia o a un juicio. En otras instancias, ofrecen un porcentaje de lo adeudado o pagar en ese momento solamente por algún rubro de lo adeudado y el saldo según lo disponga un futuro juicio. Con lo cual, además de ganar tiempo, les reditúa económicamente.

De lo anterior surge la importancia de consolidar instancias que promuevan la protección de grupos vulnerables ante conflictos laborales, todo lo cual es consistente con los criterios del trabajo decente, tal como lo sugiere la Iniciativa del Centenario referente al Futuro del Trabajo.

En ciertas ocasiones, se da una triple vulnerabilidad. Es el caso de una empleada doméstica embarazada. Su situación es desventajosa por razón de su empleo -trabajo doméstico, por razón de género -mujer- y por su situación personal -embarazo-. Esta combinación la pone en desventaja en una negociación ante una contraparte poderosa, lo que la lleva a aceptar menos dinero que el que se le adeuda. Es un caso más de un trabajador que termina claudicando y aceptando una propuesta que a todas luces puede calificarse de inaceptable para quienes la apreciamos objetivamente y sin las constricciones de tan delicada situación.

5. RECOMENDACIONES

Habilitar nuevas visitas a instancias de negociación en el MTSS a fin de continuar con nuestra formación profesional mediante el enriquecimiento que nos brinda entrar en contacto con casos reales.

En este sentido, no limitar la cantidad de veces que un alumno pueda concurrir a dichas audiencias, máxime teniendo en cuenta que nos encontramos en la etapa final de nuestra carrera, cursando una materia técnica, que implica la aplicación de todos los conceptos aprendidos e incorporados a lo largo de cuatro años.

Desarrollar grupos de debate a posteriori de tales visitas, ya sea entre los alumnos participantes, como con el cuerpo docente, a fin de extraer de la experiencia las mejores conclusiones.

Desarrollar a nivel del Estado, un mecanismo que permita al trabajador que fue despedido y se encuentra en una instancia de negociación en el MTSS, hacerse de sus adeudos lo más rápido posible. Esto es fundamental para personas en grado de vulnerabilidad, las que no pueden esperar el tiempo que insume un juicio laboral -unos tres meses-.

Ante una liquidación en base a los rubros seguros de ser cobrados, sería posible que el MTSS le adelantara al trabajador parte de ese dinero en la misma audiencia, el que luego sería descontado del total de los haberes que al mismo le correspondiere cobrar.